Archivo de 19 de diciembre de 2021

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EL DERECHO HUMANO A LA SALUD, MAL ATENDIDO COMO POLÍTICA PÚBLICA

Luis G. Sánchezcaballero Rigalt

La Organización Mundial de la Salud define el derecho a la salud como “un estado de completo bienestar físico, mental y social” y no meramente la ausencia de enfermedad o dolencia.

Por ello, los Estados deben asegurar ambas libertades y derechos. Lo anterior incluye el derecho al control de la salud y el cuerpo de cada uno, incluyendo la libertad sexual y reproductiva, y la libertad de interferencias como la tortura, el tratamiento médico no consentido y la experimentación.

Los derechos incluyen el acceso a instalaciones sanitarias adecuadas y servicios, así como a medidas apropiadas de los Estados en relación con determinantes socioeconómicos de la salud, tales como la comida, el agua y el saneamiento, las condiciones de trabajo seguras y saludables, la vivienda y la pobreza.

El derecho a la salud está estrechamente interconectado con numerosos otros derechos humanos, incluidos los derechos a la alimentación, el agua, la vivienda, el trabajo, la educación, la vida, la no discriminación, la privacidad, el acceso a la información y la prohibición de la tortura, entre otros.

El reconocimiento o no de la existencia de derechos colectivos en favor de determinados grupos o colectividades ha devenido en una de las cuestiones jurídico-políticas más controvertidas.

De acuerdo con su propia denominación, los destinatarios de los derechos humanos, sus sujetos titulares, lo son siempre las personas, los individuos, los seres humanos. No puede entenderse la existencia de derechos humanos si no tienen como objetivo la defensa y desarrollo de todos y cada uno de los individuos que pueblan la tierra, uno a uno considerados.

Hay numerosos derechos (derecho a la vida, a la libertad personal, a la libertad de domicilio, de pensamiento…) que son perfectamente ejercitables y aplicables de forma individual. Junto a ellos existen, sin embargo, otros muchos derechos de carácter social o político (derecho a la salud en los términos que establece la OMS.) cuya puesta en práctica solo tiene sentido si se ejercita de manera colectiva.

El derecho a la salud comprende varios derechos específicos que los países deben asegurar:

  • El derecho a un sistema de protección de la salud
  • El derecho a la prevención y a tratamientos preventivos para luchar contra la propagación de enfermedades
  • El derecho al acceso a los medicamentos esenciales
  • La promoción de la salud materna e infantil
  • El derecho al acceso a los servicios de salud apropiados
  • Por último, la educación y la concienciación sobre la salud

Con la debida obligación de lograr la materialización del derecho a la salud supone que los países establezcan servicios de salud que estén disponibles en cualquier circunstancia, accesibles para todos, de buena calidad y aceptables.

Sin embargo, en países como México, el derecho no solo a la salud, sino el derecho a permanecer con vida derivado de una enfermedad es un triunfo de unos cuantos.

Según una nota publicada en “Forbes” el 7 de abril de este agonizante año, solo el 45% de la población, lo equivalente a 56 millones de personas, cuenta con afiliación a servicios de salud de la seguridad social (IMSS, ISSSTE, ISSSTE estatal, Semar y Sedena), el 27% (33.8 millones de personas) está afiliada a sistemas públicos diferentes a la seguridad social, como el Insabi e IMSS Bienestar y el 2% cuenta con seguro privado o afiliación a otra institución

Por su parte, de acuerdo con una publicación por el periódico el Financiero el 20 de junio de 2020, el vicepresidente de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) aseguraba que «solo el 1.45 por ciento de la población en México cuenta con un seguro de gastos médicos.»

Ambos datos preocupantes, personalmente acabo de ser sometido a una intervención quirúrgica de riesgo medio, pero con alto grado de especialización, para lo cual no obstante contar con un seguro de gastos médicos mayores, tuve que desembolsar 70 mil pesos, más los gastos posoperatorios, lo cual refleja porque el número es tan reducido de los contratantes, ya que el seguro solamente funciona si previamente cuentas con posibilidades económicas. No quiero ni pensar que hubiera ocurrido si no hubiese sido una cirugía programada y no tuviera el monto del deducible y del coaseguro.

Por su parte un familiar, en un momento de verdadera desgracia, tuvo que sufrir dos intervenciones quirúrgicas en menos de 1 semana, él no cuenta con seguro ni con seguridad social, por lo que su vida –literal- en ambos caso dependió de un cirujano que no cobro honorarios y que sus familiares se unieron para cubrir en un hospital “económico” la cantidad de 160 mil pesos, y en el segundo caso para no seguir generando costos, se trasladó a su casa el servicio de hospitalización, porque el fondo se agotó y pudiera ahorrarse alrededor de un 70%.

Ambas historias puedo contarlas, aun con el riesgo que implica que mi familiar esté en su casa, por lo que se debió contratar un enfermero de emergencia y adecuar su recámara (a un costo 3 veces menor que el nosocomio) y el panorama es bastante prometedor.

Pero, cuantas personas de ese 1.45%, no obstante contar con un seguro médico pueden hacer frente a una contingencia como las expuestas, y que decir del 55% que no tienen seguridad social y lo más lamentable aún qué pasa con ese 45%, que no obstante contar con seguridad social, nadie les garantiza un tratamiento adecuado.

Sin duda el gobierno actual ha sido ineficiente en este rubro (basta ver el control de la pandemia), pero también hay que reconocer que ningún gobierno anterior hizo esfuerzos tangibles para que la salud sea un tema central de las políticas públicas, que se extraña el Seguro Popular, sin duda, lo que no se tiene se añora, pero tampoco era la panacea de un problema monumental.

Llama la atención que siendo un país que todo copia con fines electorales y si pega se institucionaliza, no se haya volteado a ver el modelo chileno.

El sistema de salud chileno está compuesto por un sistema mixto de atención integrado por el seguro público, que se denomina FONASA, que es el Fondo Nacional de Salud, y uno privado denominado ISAPRE, Instituciones de Salud Previsional. (para más información consultar http://www.supersalud.gob.cl/difusion/665/w3-article-17328.html#accordion_0).

Por cierto, según un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) la sanidad de Chile es la más eficiente de América Latina, este mismo estudio concluye que “Se ha demostrado que la prestación de servicios de diagnóstico y de tratamiento oportunos y de alta calidad en la atención primaria previene el deterioro agudo, la progresión o las complicaciones en personas enfermas. Además, la gestión proactiva de las enfermedades en la atención primaria puede contribuir a contener el gasto en salud, al reducir o incluso evitar la necesidad de visitas de urgencia, a hospitalizaciones”.




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