Posts Tagged ‘poder judicial

14
Feb
23

NUEVAS SEÑALES DEL PODER JUDICIAL

Por Eduardo Macías Garrido

El que la presidenta ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Unión (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, haya sido señalada de no seguir el protocolo durante la ceremonia por la Promulgación de la Constitución de 1917, al no ponerse de pie cuando entró el presidente López Obrador, es más bien una señal de la autonomía que debe existir entre poderes de la unión.

Situación que debería haber pasado desapercibida o por lo menos darle la importancia que realmente tiene. Sin embargo, como siempre, no faltó el que recriminó la situación acusando a la ministra Piña de “romper el protocolo”. El presidente López Obrador, al contrario, señaló que le dio mucho gusto el hecho, porque eso no se veía antes, los ministros de la Corte eran empleados.

Este tipo de cosas son las que se le critican al presidente de la República, un día manifiesta respeto y congruencia, pero nada más no se piensa como él o no se hace lo que él dice, y entonces arremete con toda la ira de la que es capaz, como cuando dijo que se había arrepentido de haber hecho las propuestas que hizo de ministros de la SCJN o cuando afirmó que la ministra Piña está ahí gracias a él.

Lo realmente importante fue el mensaje de la ministra presidenta Norma Piña, y sí, que se escuche fuerte en Querétaro y en todas las demás entidades. Que se entienda, como lo dijo, que ante las injusticias que generan inconformidad, descontento, enojo y violencia, la única solución es el fortalecimiento institucional.

El poder judicial ha sido objeto de críticas habituales del presidente de la República en sus mañaneras, ha dicho que no confía en los jueces, culpándolos también de las redes de corrupción que amenazan al país. Por eso, la ministra Piña defendió al poder judicial en su trabajo e independencia.

Señaló que la independencia judicial no es un privilegio de los jueces, es el principio que garantiza una adecuada impartición de justicia para hacer efectiva las libertades y la igualdad de las y los mexicanos. Esto es lo importante, no si se puso o no de pie la titular de la SCJN.

Seguramente cuando la ministra Norma Piña comentó que el actuar del poder judicial debe estar apegado a derecho para evitar arbitrariedades y para, de cara a la sociedad, rendir cuentas en el ejercicio de su función, no le gustó mucho al presidente, con eso de que no le gusta que le vengan con que la ley es la ley.

Lo que sí, le debió de haber quedado muy claro al presidente de la República el pasado 5 de mayo, es que la Corte hoy cuenta con una ministra presidenta convencida de su mandato constitucional y de su deber de garantizar el respeto a la constitución, misma que prevé la estricta división de poderes.

Seguramente no le gustaron los “moditos” al presidente, pero cuando él arremete por ejemplo contra el ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas al llamarlo adversario, hay que quedarse callado y darle la razón.

Hoy hay que celebrar que la ministra Piña tiene clara la autonomía judicial y, lo más importante, que la va a defender. No debe sorprendernos que el mandatario y la ministra mantengan posiciones alejadas. Sin embargo, debe prevalecer el trabajo conjunto en beneficio del interés general.

Lo dijo y lo dijo bien la ministra Piña, las autoridades políticas deben trabajar hombro con hombro para hacer cumplir la constitución Política del país. “Una judicatura independiente es pilar de nuestra democracia”.

El respeto a la constitución se construye día a día señor presidente, empezando por fortalecer a los otros poderes de la unión, en beneficio del pueblo, como dice usted.

Correo: eduardomacg@icloud.com

Twitter: @eduardo84888581

12
Sep
21

¡LA CORTE, BIEN!

Luis G Sánchezcaballero Rigalt

«Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa«

Montesquieu

Las Instituciones impartidoras de justicia no solo juzgan, también crean derecho, Hans Kelsen estableció dos argumentos:

  1. La sentencia del juez es producto de un acto de voluntad y no de mero conocimiento; y en la sentencia se concretan una serie de elementos que en la norma general aplicada solo son mencionados en forma abstracta (por ejemplo, la identificación del condenado, el monto de la pena, el lugar en que debe cumplirse, etc.).
  2. La norma general señala un marco de posibilidades que el juez llena al elegir una de ellas cuando crea la norma individual.

El pasado 7 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de La Nación, a través de un fallo histórico votado por unanimidad de las y los Ministros en pleno, ha despenalizado la interrupción voluntaria del embarazo; por lo que a partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por el Máximo Tribunal.

Lo anterior resulta relevante, porque se logra ganar una batalla de muchos años y además visibiliza el abandono de las mujeres por la “izquierda” gobernante, -donde se dicen liberales, pero no se pronuncian ni festejan una determinación trascendental para los derechos humanos en México-, también porque desde la perspectiva jurídica los integrantes del Pleno de la Suprema Corte crearon como jueces normas generales.

Los juzgadores se ven obligados a crear normas generales cuando se enfrentan con casos de contradicciones normativas y también en casos de lagunas legales.

Lo anterior permite resaltar la importancia y relevancia del Poder Judicial, misma que se magnifica al tratar un tema complejo, asumiendo una postura con independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, transparencia, responsabilidad y ética, para contribuir al necesario equilibrio entre poderes.

Desde sus comienzos en la Revolución Francesa, los principios de la democracia moderna contenidos en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, buscaban la legitimidad del gobierno, con un control de poderes por parte de los ciudadanos para que no se pierda la libertad, así lo plasma Montesquieu en su célebre obra Del espíritu de las leyes, «… Cuando el poder legislativo y el poder ejecutivo se reúnen en la misma persona o el mismo cuerpo, no hay libertad.»

De ahí la trascendencia de la resolución, sobre todo en estos momentos donde se pretende volver al Presidencialismo sin respeto a la división de poderes, contar con una Suprema Corte de Justicia sólida y fortalecida constituye una condición necesaria para mejorar la gobernabilidad, con su resolución del martes 7 de septiembre de 2021, han jugado un papel fundamental para fortalecer el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva que entraña nuestra Constitución.

Cumplieron con la exigencia del compromiso con la imparcialidad, objetividad y sentido de responsabilidad que debe girar en torno a su actuación, jugando un papel fundamental para garantizar y proteger el régimen de libertades de toda persona, evitando excesos y desviaciones en el ejercicio del poder que vulneran la división de poderes, para fortalecer el ejercicio democrático del país.

La unanimidad en el fallo es un respiro para quienes creemos en el Estado de Derecho, no ideologizaron posturas, aplicaron la Ley, defendieron su autonomía e independencia.

Demostraron que en un Estado moderno la facultad de gobernar consiste en trazar las directrices de su funcionamiento y en apreciar discrecionalmente los problemas que se les plantean, asumiéndose como el último interprete de la Constitución, sin presiones externas, demostrando que cuando se ejercita la autonomía que cuando se tiene independencia en la actuación no se carece de auténticos poderes.

Sin duda uno de los aspectos de mayor relevancia que debe tomarse en consideración para el futuro de la justicia es seguir actuando, ejerciendo esas condiciones irrenunciables para todo Poder del Estado: autonomía e independencia.

18
Mar
21

EL ESTADO DE DERECHO Y LOS POPULISTAS

Luis G Sánchezcaballero Rigalt.

El poder es como un explosivo: o se maneja con cuidado, o estalla”.

Enrique Tierno Galván 

“Casi todos podemos soportar la adversidad, pero si queréis probar el carácter de un hombre, dadle poder.”

Abraham Lincoln

In Memoriam LLE

En algún país del mundo, algún gobernante irritado, ha comenzado a descalificar a quienes se dedican a administrar e impartir justicia, trátese de abogados postulantes, jueces o magistrados, basta con que no resuelvan o defiendan algo que afecte su proyecto, aun y cuando la defensa o resolución tenga base legal, hecho que no importa porque seguramente en su trastocado mundo imaginario la justicia está por encima de la ley.

Los linchamientos mediáticos buscan el debilitamiento institucional. Al no haberse dado coincidencia entre los linchamientos y las sentencias producto de los juicios formales, quienes buscan destruir el Estado de derecho, lejos de condenar los ataques han vuelto sus críticas y acusaciones contra los jueces y magistrados. Así vemos cómo se justifica la lapidación y se critica el debido proceso.

Desafortunadamente, las dificultades para consolidar la democracia en el mundo, como consecuencia de las crisis de representatividad y de las condiciones socioeconómicas, han facilitado la configuración de circunstancias favorables para la reaparición de modelos populistas.

Estos se presentan como expresiones políticas tendencialmente autoritarias que acceden al poder por la vía electoral en circunstancias excepcionales, con apoyo popular.

El vocablo populismo puede remitir a la idea de movilización social; liderazgo personalista; discurso de confrontación permanente; apropiación de la representación del pueblo; simplificación del conflicto en la relación irreductible de amigo-enemigo; menosprecio por el funcionamiento institucional y sobredimensionamiento acrítico del papel de un líder carismático

En la práctica derivan en autocracias electorales, regidas por un personalismo político omnipresente y confiscatorio de la institucionalidad, sostenidas sobre el reconocimiento popular acrítico de la autoridad del líder político a cargo del gobierno, cuya voluntad personal es hegemónica en el ejercicio de una representación omnipresente y suprema.

El populismo descarta las leyes y los procesos. El populismo acusa a quienes se le oponen y destruye de manera preventiva a todos aquellos a quienes pueden resultarle un peligro o un estorbo. El populismo desea instaurar la reversión de la prueba. Desea que todos los acusados se consideren culpables hasta que ellos comprueben su inocencia.

Los populistas se valoran mejores jueces que el Poder Judicial, se consideran por encima de las leyes y procesos, juzgan a todos y solo ellos se consideran correctos.

El populismo acusa, juzga, condena y ejecuta todo en un acto, en el fondo el objetivo de los populistas que el Estado de derecho termine o se acote y deje el campo abierto para las razones de fuerza del que gobierna.

Por ello, es fundamental que no se les permita infringir el último escollo que es la impartición de justicia. Se requiere un Poder Judicial fuerte, que no permita la intromisión del gobernante populista en sus determinaciones, desgraciadamente en ese país del mundo que aludí al principio, quien preside su máximo tribunal, esta postrado de rodillas ante el irritado líder.

El Estado de derecho constituye un imperativo ético político que se basa en dos tipos de exigencias. Por un lado, que el modo en que la autoridad política expresa sus órdenes cumpla determinados requisitos formales, es decir, que sean accesibles, generales, claras, estables, no retroactivas.

Por el otro, que se garanticen principios institucionales como el acceso a la justicia o el cumplimiento de las normas legales por parte de los agentes oficiales

El acceso a la justicia es, sin duda, un derecho fundamental con una naturaleza muy particular. No vale más que otros derechos, es cierto, pero sí constituye un medio –El medio– de protección de los mismos.

Funciona como un “escudo” para el resto de los derechos fundamentales: los protege de cualquier acto de cualquier autoridad que de alguna manera los afecte.

En este sentido, el acceso a la justicia se vuelve una suerte de garante de los otros derechos, pues representa la posibilidad de reclamar su cumplimiento ante un órgano jurisdiccional.

El Estado de derecho impide que la fuerza y los atropellos se materialicen en perjuicio de alguna persona, evita que los abusos se impongan a los derechos y a la justicia.

Es el Estado de derecho el que nos separa de las sociedades primitivas, el que nos diferencia de las sociedades sanguinarias, el que marca la diferencia entre el vivir en temor de los abusos ajenos y la seguridad de saber a qué atenernos. Nuestro Estado de derecho no es perfecto. Hay que fortalecerlo, nunca destruirlo.

El Estado de derecho reúne al menos tres circunstancias. Primero, es público, porque las exigencias formales de ese ideal requieren que toda decisión política se encuentre al alcance de los ciudadanos.

Segundo, es racional, porque presupone que los ciudadanos son personas racionales capaces de decidir y deliberar con base en razones públicas.

Tercero, es no paternalista, en el sentido que trata a los ciudadanos como adultos que se autodeterminan.

Estas cualidades chocan con el modelo de poder propuesto por el populismo, que oculta intereses sectoriales, posee componentes emocionales y trata a los ciudadanos como interdictos políticos.

Por ello, la defensa a ultranza del Estado de derecho por parte de ciudadanos, partidos políticos y gobernantes, significa un necesario muro de contención para resguardar a las y los gobernados de los discursos extremos.

Los frenos y contrapesos están diseñados para que el poder nunca esté en manos de un solo individuo. El Estado de derecho es la muralla que separa la arbitrariedad y el abuso del populismo.




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